miércoles, 16 de marzo de 2016

CACyC San Isidro - Sala I - C. DE CO. B. V. L. C/ C. I. S.R.L. S/JUICIO ARBITRAL

En éste fallo, la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de San Isidro determinó que ante la existencia de una cláusula compromisoria que difiere la resolución de conflictos derivados del contrato a un tribunal arbitral, no resulta necesario recurrir a la mediación prejudicial obligatoria en ocasión de demandar judicialmente la constitución del tribunal. 
Entre otras cosas ratificó que la cláusula compromisoria desplaza -aunque no de modo absoluto- la competencia judicial del órgano al que hubiera correspondido entender, por lo que no resulta necesaria la mediación prejudicial.

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