En éste fallo, la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo comercial analiza
y distingue entre el contrato de factoraje (factoring) y el simple descuento
de facturas.
Se analizan en éste decisorio, los efectos de la no
impugnación de facturas dentro del plazo legal (art. 474 del Código de Comercio),
los efectos de la cesión de créditos, y el valor probatorio de los libros de
comercio y de la documentación respaldatoria que complementa sus asientos.
El Nuevo Código Civil y Comercial regula el contrato de factoraje en sus artículos 1421 a 1428.
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