En éste fallo, la Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la aplicación de una multa aplicada a un proveedor que no publicó adecuadamente el país de origen de un prodcuto (consola de videojuegos).
Para hacerlo señaló que la multa sancionaba un incumplimiento formal, sin perjuicio de que hubiera -o no- un daño al consumidor.
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