En éste fallo, la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó una sentencia de primera instancia por la que se rechazó la demanda de un consumidor que pretendió adquirir un televisor al precio publicitado en un folleto de la parte demandada, en el que el precio se consignó erróneamente por un valor notoriamente inferior al real.
El fallo analiza el carácter vinculante de la publicidad conforme la normativa de la Ley de Defensa del Consumidor, así como la buena fe de la actor y la demandada en el obrar de cada uno que dio lugar al caso.
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