En el plenario BREGA, las Cámaras Civiles y Comerciales de la Provincia de Santa Fe dejaron sentado un claro criterio que priva a aquellos que realicen gestiones de intermediación inmobiliaria sin contar con la matriculación como corredor de acción judicial para reclamar el cobro de honorarios.
El presente Blog es una herramienta para discutir e intercambiar información relativa a la Materia Derecho Comercial I, Sedes Puerto Madryn y Trelew, de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Nacional de la Patagonia, San Juan Bosco. ESTE BLOG NO ES UNA PÁGINA OFICIAL DE DICHA INSTITUCIÓN, Y LAS OPINIONES Y/O MATERIALES AQUÍ PUBLICADOS LO SON POR PARTICULARES, Y NO IMPLICAN CONSEJO O RECOMENDACIÓN PROFESIONAL Bienvenidos
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lunes, 13 de junio de 2011
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